Es tarea de todas las familias religiosas, interpretar constantemente el patrimonio carismático propio, regulando así la praxis por medio de instrumentos legislativos (cfr. CIC, can. 576). Así también, el Santo Padre nos recuerda que las Constituciones y los Estatutos generales no sólo “regulan”, sino “custodian el patrimonio carismático” …asegurando así su “futura transmisión”. Para nosotros, franciscanos, el carisma no es otra cosa que la vivencia del Evangelio y –entonces-, habiendo ya aprobado las nuevas constituciones (2018), nos hemos dado a la tarea de renovar los Estatutos generales, para que nos indiquen caminos aún más concretos para vivir el Evangelio en la hodierna coyuntura histórica.

Por todo esto, con la presente carta, en razón de mi oficio, dispongo la publicación y promulgo el texto renovado de los Estatutos generales de la Orden, con efecto inmediato a partir de la fecha hodierna, 14 de agosto de 2019, fiesta de San Maximiliano M. Kolbe y vigilia de la Asunción de la Beata Virgen María.

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