Las fuentes franciscanas narran que una noche del año 1216, San Francisco se encontraba sumergido en la oración en la Porciúncula, cuando repentinamente una vivísima luz inundó la iglesita y vio sobre el altar a Cristo y a su Santísima Madre, rodeados de una multitud de ángeles.

Entonces ellos le preguntaron qué era lo que deseaba para la salvación de las almas. La respuesta de Francisco fue inmediata: “Te suplico que todos aquellos que, arrepentidos y confesados, visitarán esta iglesia, obtengan un amplio y generoso perdón, con una completa remisión de todas sus culpas”.
“Lo que tú pides, oh hermano Francisco, es grande –le dice el Señor-, pero eres digno de mayores cosas y mayores cosas recibirás. Acojo tu súplica, a condición de que tú demandes de parte mía esta indulgencia a mi vicario en la tierra”.
Inmediatamente Francisco se presentó ante el pontífice Honorio III, el cual lo escucha con atención y le da su aprobación. A la pregunta: “Francisco, ¿por cuántos años quieres esta indulgencia?”, el santo responde: “Padre Santo, no pido años, sino almas”. Y lleno de felicidad, el 2 de agosto de 1216, junto con los Obispos de Umbría, anuncia al pueblo convocado en la Porciúncula: “Hermanos míos, ¡quiero enviarlos a todos al Paraíso!”.
Inicialmente, la indulgencia estaba reservada exclusivamente a la iglesia de la Porciúncula; con el paso del tiempo se extendió primero a todas las iglesias franciscanas y sucesivamente a todas las iglesias parroquiales, quedando inmutada la fecha.
Según el Manual de las indulgencias de la Iglesia católica, para que un fiel obtenga la indulgencia plenaria, completamente apartado del pecado incluso venial, debe:

– confesarse, para obtener el perdón de los pecados;
– comulgar la Eucaristía, para estar espiritualmente unido a Cristo;
– orar según las intenciones del Papa, para reforzar el vínculo con la Iglesia, recitando al menos un Padre Nuestro, Ave María y Gloria;
– recitar el Credo y el Padre Nuestro;
– visitar una iglesia u oratorio franciscano o, alternativamente, cualquier iglesia parroquial.

La confesión y la comunión pueden hacerse incluso algunos días antes o después de la fecha prevista (en el arco de una o dos semanas).
Es oportuno que la visita y la oración se hagan el mismo día.
La indulgencia plenaria puede ser aplicada para sí o en favor de los difuntos, una vez al día.

La Redacción